Nueva normativa anti-doping en 2015

doping

Por Juanma Muñoz.

En diversos lugares de Asia y Oceanía, los tenistas profesionales afrontan con ilusión el comienzo de la temporada 2015. Lo hacen bajo una nueva normativa antidopaje, con cambios entre los que destaca la mayor dureza de la sanción mínima por dopaje intencionado: cuatro años, en vez de los dos años vigentes hasta el final de 2014, en caso de una primera infracción.

Las novedades más destacadas en el programa antidopaje de la ITF, que se adapta a la nueva normativa de la WADA, son las siguientes:

– Los jugadores tendrán la responsabilidad de revelar cualquier violación anterior de la normativa antidopaje.

– Un jugador que se retire deberá notificar su intención de volver a competir con seis meses de antelación, y estar disponible para someterse a controles durante ese período. Anteriormente, el plazo de antelación era de tres meses. La WADA puede suprimir o reducir discrecionalmente este plazo en casos excepcionales.

AMA.

– Para cometer una violación de la normativa antidopaje, un tenista deberá acumular tres faltas o incomparecencias en un período de 12 meses. Anteriormente, el plazo era de 18 meses. Se refiere a casos en que los tenistas no estén localizables fuera de la competición. La ITF asume la responsabilidad de registrar las faltas o incomparecencias de los jugadores en los controles.

– Los jugadores que conscientemente se asocien con una ‘persona asistente’ que esté cumpliendo una sanción por dopaje, o que haya sido condenada por una conducta que constituya una violación del Código, cometerán una violación de la normativa.

– Posibilidad de conceder retroactivamente una exención por uso terapéutico de una sustancia prohibida, si la ITF y la WADA acuerdan que es justo. Además, las disputas entre la ITF y las agencias nacionales contra el dopaje por las exenciones por uso terapéutico, serán resueltas por la WADA, y en última instancia por el CAS (TAS en castellano).

– En caso de dar positivo, el Tribunal de Apelación permitirá que un jugador pueda solicitar retroactivamente una exención por uso terapéutico.

– Un jugador no tiene la obligación de revelar dónde se encuentra durante los días de competición, pero una vez quede eliminado de un torneo, deberá informar de su ubicación desde el día siguiente hasta el día en que vuelva a competir, para poder ser sometido a controles.

– La suspensión provisional a un jugador es obligatoria si se detectan anomalías en su pasaporte biológico y el Tribunal de Apelación confirma que hay posibilidad de recurrir.

– La suspensión provisional podrá evitarse en caso de consumo de un producto o suplemento contaminado. En este caso, se aumenta la discrecionalidad para reducir las sanciones, basándose en la falta de culpabilidad o negligencia significativa del jugador.

– Si todas las partes de un caso están de acuerdo, los procedimientos de primera instancia pueden ser suprimidos, por lo que el TAS juzgaría el caso directamente.

ITF.

– Las sanciones mínimas por una primera infracción, en ciertos casos de violación de la normativa, se aumentan de dos a cuatro años, dependiendo de factores como pruebas de la intencionalidad (o que el jugador no pueda demostrar la falta de ella). Se suprime la posibilidad de aumentar las sanciones basándose en “circunstancias agravantes”.

– La sanción por una segunda infracción nunca será inferior a seis meses.

– Mayor discrecionalidad para suspender sanciones por proporcionar una ayuda sustancial.

– En los dos últimos meses de la suspensión (o el último cuarto del período si es más favorable), un jugador podrá utilizar instalaciones oficiales y entrenar con su compañero de equipo o dobles.

– El plazo de prescripción de los cargos por dopaje se extiende de ocho a diez años.

– Los jugadores no podrán fotografiar o grabar las muestras recogidas en los controles.

– Nuevas responsabilidades de las personas que asisten a los jugadores:

1) Revelar cualquier violación anterior de la normativa antidopaje.

2) Prohibición de poseer o utilizar sustancias prohibidas sin justificación. La prohibición de la utilización supone una novedad.